ACTUALIZACIÓN 3 de enero de 2020
¡Muy buenas, DomoEquipo! La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) presentó una nueva propuesta o borrador para el cálculo de los distintos peajes de transporte y distribución de la electricidad, o dicho de otra manera: una proposición de reforma para la factura de la luz.
Tras varias modificaciones, el último borrador ha sido presentado el 27 de noviembre de 2019, este parece casi definitivo y tiene luz verde por parte del gobierno en funciones, ya que ha sido publicado dentro del BOE el 28 de diciembre de 2019, (Orden TEC/1258/2019, de 20 de diciembre) para que sea efectivo a lo largo de este mismo año 2.020 (que NO desde el 1 de enero como muchos creían).
En este artículo os haremos un resumen de las modificaciones más importantes que afectarán a los pequeños consumidores, que nos permitirán seguir ahorrando en la factura de la luz, ¿me acompañáis?
ACTUALIZACIÓN 24 de enero de 2020
El viernes 24 de enero ha sido publicado en el B.O.E. la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, en ella se ratifica este nuevo modelo de factura de luz (en el que aún pueden producirse nuevas modificaciones) además de:
- La fecha de adaptación de los contadores de telegestión a este nuevo sistema
- Cómo serán modificados por defecto las potencias contratadas: periodo valle y periodo punta.
1. UNA TARIFA HORARIA UNIFICADA
Nos olvidaremos de las distintas tarifas existentes para el pequeño consumidor (2.0 A, 2.0 DHA y 2.0 DHS), ya que se unificarán en una nueva bajo la denominación 2.0 TD (Transporte y Distribución). Esto se traduce en que todos los usuarios gozarán de la discriminación horaria independientemente de su contrato pero, ¡OJO! Aún hay más cambios.
Tras las últimas revisiones llevadas a cabo, los peajes de transporte y distribución serán definidos conforme a dos variables: niveles de tensión tarifarios y periodos horarios.
El peaje 2.0 TD será de aplicación en todos aquellos suministros conectados en redes de tensión no superior a 1 kV con potencias contratadas iguales o inferiores a 15 kW en todos los periodos.
Además, los peajes 2.0 TD constarán de 2 términos de potencia contratada y 3 términos de energía consumida.
1.1. TIPO DE TARIFAS
A modo informativo, todas aquellas potencias superiores a 15 kW hasta 145 kV también transformarán su denominación tarifaria (3.0 TD, 6,1 TD, 6,2 TD, 6.3 TD y 6.4 TD) teniendo todas ellas 6 términos de energía consumida y 6 potencias contratadas (una por cada uno de los periodos horarios).
Potencia contratada | Tarifa | Términos de Energía Consumida |
Potencia Contratada |
Tarifas que sustituye |
< 15 kW | 2.0 TD | 3 | 2 | 2.0, 2.0 DH, 2.0 DHS, 2.1A DHA, 2.1 DHSA |
> 15 kW y < 30 kW | 3.0 TD | 6 | 6 | 3.0 A |
1 kV y 30 kV | 6.1 TD | 6 | 6 | 6.1 y 3.1 A |
30 kV y 72,5 kV | 6.2 TD | 6 | 6 | 6.2 |
72,5 kV y 145 kV | 6.3 TD | 6 | 6 | 6.3 |
145 kV | 6.4 TD | 6 | 6 | 6.4 |
2. DISCRIMINACIÓN HORARIA DE 3 y 6 PERIODOS
ACTUALIZACIÓN 3 de enero de 2020
Si antes solo distinguíamos dos periodos horarios: valle (más barato de 22:00 a 12:00 en invierno y de 23:00 a 13:00 en verano) y punta (resto de horas), esta propuesta presenta un mayor nivel de concreción del coste del kWh con dos discriminaciones horarias distintas: una de 3 periodos y otra de 6 periodos según el tipo de tarifa que tengamos.
2.1. CON DISCRIMINACIÓN HORARIA DE TRES PERIODOS 2.0 TD
Todos aquellos usuarios con potencias contratadas inferiores a 15 kW tendrán una discriminación horaria de 3 periodos.
Esta diferenciará las horas del año en 3 periodos horarios:
- P1: PERIODO PUNTA.
- P2: PERIODO LLANO.
- P3: PERIODO VALLE.
Del mismo modo, diferirán las horas según sea por un lado: Península, Baleares y Canarias o por otra parte Ceuta y Melilla:
PENÍNSULA, BALEARES Y CANARIAS
- P1: 10:00 a 14:00 y de 18:00 a 22:00.
- P2: 8:00 a 10:00, de 14:00 a 18:00 y de 22:00 a 00:00.
- P3: 00:00 a 8:00, sábados y domingos completos y festivos de ámbito nacionales*.
CEUTA Y MELILLA
- P1: 11:00 a 15:00 y de 19:00 a 23:00.
- P2: 8:00 a 11:00, de 15:00 a 19:00 y de 23:00 a 00:00.
- P3: 00:00 a 8:00, sábados y domingos completos y festivos de ámbito nacionales*.
*No se reconocerán como festivos los «festivos sustituibles» así como aquellos que no tienen fecha fijada en el calendario oficial.
A continuación os dejamos el siguiente diagrama para que os resulte más sencillo entenderlo 🙂
2.2. DISCRIMINACIÓN HORARIA DE 6 PERIODOS
Para todas aquellas tarifas superiores a 15 kW, será aplicable la discriminación horaria de 6 periodos horarios (P1 a P6), siendo P1 el periodo punta (más caro) y P6 el periodo valle (o más barato), de P2 a P5 intermedios de mayor a menor coste según dicho orden.
La discriminación horaria de 6 periodos descrita en el punto anterior será de aplicación a todas las tarifas menos a la 2.0 TD (como inicialmente se manifestó en este artículo). Por tanto, será de aplicación a las tarifas 3.0 TD, 6.1 TD, 6.2 TD, 6.3 TD y 6.4 TD.
2.3. DISCRIMINACIÓN HORARIA DE 2 PERIODOS
Por otra parte, la discriminación horaria de dos periodos será de aplicación al término de facturación de potencia y excesos de potencia de aplicación al peaje 2.0 TD:
En esta discriminación horaria únicamente distinguiremos: punta y valle.
- El periodo punta corresponderá a P1 y P2 de la discriminación horaria de 3 periodos.
- Lógicamente, periodo valle corresponderá al P3 de la discriminación horaria de 3 periodos.
ACTUALIZACIÓN 3 de enero de 2020
Para todas aquellas potencias superiores a 15 kW, será de aplicación la factura conforme las zonas geográficas, temporadas eléctricas y los tipos de días explicados a continuación:
3. ZONAS GEOGRÁFICAS
Se diferenciarán los horarios de los distintos periodos a su vez según la zona geográfica, siendo distinguidas 5: Península, Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
4. TEMPORADAS ELÉCTRICAS
Otras variables serán las temporadas o meses del año, considerando de este modo 4 temporadas eléctricas: una alta (i), dos medias (ii y iii) y una baja (iv). Que además diferirán según la ubicación geográfica (punto 3).
TEMPORADA ELÉCTRICA EN LA PENÍNSULA
- (i) Temporada alta: enero, febrero, julio y diciembre.
- (ii) Temporada media alta: marzo y noviembre.
- (iii) Temporada media: junio, agosto y septiembre.
- (iv) Temporada baja: abril, mayo y octubre.
TEMPORADA ELÉCTRICA DE BALEARES
- (i) Temporada alta: junio, julio, agosto y septiembre.
- (ii) Temporada media alta: mayo y octubre.
- (iii) Temporada media: enero, febrero y diciembre.
- (iv)Temporada baja: marzo, abril y noviembre.
TEMPORADA ELÉCTRICA EN CANARIAS
- (i) Temporada alta: julio, agosto, septiembre y octubre.
- (ii) Temporada media alta: noviembre y diciembre.
- (iii) Temporada media: enero, febrero y marzo.
- (iv) Temporada baja: abril, mayo y junio.
TEMPORADA ELÉCTRICA EN CEUTA
- (i) Temporada alta: enero, febrero, agosto y septiembre.
- (ii) Temporada media alta: julio y octubre.
- (iii) Temporada media: marzo, noviembre y diciembre.
- (iv) Temporada baja: abril, mayo y junio.
TEMPORADA ELÉCTRICA EN MELILLA
- (i) Temporada alta: enero, julio, agosto y septiembre
- (ii) Temporada media alta: febrero y diciembre.
- (iii) Temporada media: junio, octubre y noviembre.
- (iv) Temporada baja: marzo, abril y mayo.
5. TIPOS DE DÍAS
Y en último lugar, los «tipos de días», que también afectarán al transporte y la distribución:
- TIPO A: Lunes a viernes no festivos de temporada alta.
- TIPO B: Lunes a viernes, no festivos temporada media alta.
- TIPO B1: Lunes a viernes, no festivos de temporada media.
- TIPO C: Lunes a viernes, no festivos de temporada baja.
- TIPO D: Sábados, domingos, festivos (de ámbito nacional conforme al calendario oficial) y el 6 de enero.
6. LOS PERÍODOS HORARIOS
Actualizado el 3 de enero de 2020
Para el resto de tarifas superiores a los 15 kW (menos la 2.0 TD) seguirá vigente la propuesta inicial de 6 periodos horarios, definidas por: área geográfica, la temporada eléctrica y los tipos de día.
A continuación os presentamos unos diagramas con los distintos períodos horarios en donde se definirán:
- El área geográfica al que afecta.
- Tipo de día y los meses/temporadas que corresponden a dicha área geográfica.
- Y el período de la discriminación horaria desglosado por horas (ver leyenda de los diagramas).
PERÍODOS HORARIOS DE LA PENÍNSULA
PERÍODOS HORARIOS DE BALEARES
PERÍODOS HORARIOS DE CANARIAS
PERÍODOS HORARIOS DE CEUTA
PERÍODOS HORARIOS DE MELILLA
7. INTERRUPTOR DE CONTROL DE POTENCIA Y MAXÍMETRO
Siempre y cuando la potencia contratada sea inferior a 15 kW, se podrá mantener el control de potencia de los consumidores con el ICP integrado de los contadores de telegestión (en el primer borrador se proponía eliminar esta función) o bien hacer uso de maxímetros.
8. DOS POTENCIAS CONTRATADAS
Por otra parte, se podrán contratar dos potencias diferentes, una para cada período: punta (P1 y P2) y valle (P3), lo que puede ayudarnos a controlar más el gasto y el consumo. Además, los usuarios de calefacción por acumuladores de calorno tendrán que vivir durante todo el año con una potencia elevada, ahorrando en la factura y los usuarios que tengan coche eléctrico podrán cargar más rápido sus coches durante la noche 🙂
ACTUALIZACIÓN 3 de enero de 2020
Aunque no viene definido de forma específica, se da por entendido que aquellas potencias superiores a 15 kW también podrán solicitar diferentes potencias según los periodos de consumo.
9. DESAPARECE LA TARIFA 2.1
Esta hace referencia a aquellas potencias contratadas entre 10-15 kW. Ahora todas aquellos potencias contratadas inferiores a 15 kW se encontrarán dentro de la anteriormente mencionada 2.0 TD. Lo que supone un ahorro en miles de negocios o empresas, ya que los peajes serán más bajos.
10. COEFICIENTES DE PÉRDIDAS
Actualizado el 3 de enero de 2020
Una de las principales incorporaciones al último borrador efectuado es el coeficiente de pérdidas que se aplicarán como un nuevo coeficiente o variable dentro de las nuevas tarifas.
ACTUALIZACIÓN 24 de enero de 2020
Adaptación de los equipos, sistema de facturación y contratos.
La última circular aprobada en el BOE, incorpora en su disposición adicional tercera las siguientes consideraciones:
Que las empresas distribuidoras y comercializadoras adaptarán los equipos de medida, el nuevo modelo de facturación y los tipos contratos antes del 1 de noviembre de 2.020.
TIPOS DE CONTRATOS
¡OJO! Para todos aquellos que tengan una potencia inferior a 15 kW, la potencia contratada en el nuevo periodo valle será la que tiene contratada el consumidor en la entrada en vigor de esta última circular siempre y cuando no hagamos nosotros como consumidores ningún cambio con nuestro proveedor.
CONCLUSIONES
Pese a lo «lioso» que pueda parecer tras una primera lectura, se puede resumir en que:
- Los períodos valle siempre serán los mismos, de 00:00 hasta las 8:00 y 24h los fines de semana y festivos.
- Los horarios punta serán:
- Península, Baleares y Canarias: de 10:00 hasta 14:00 y de 18:00 a 22:00
- Ceuta y Melilla: de 11:00 hasta las 15:00 y de 19:00 hasta las 23:00 (una hora más tarde que Península, Baleares y Canarias).
- Los intervalos llanos:
- Península, Baleares y Canarias: entre las 8:00-10:00, 14:00-18:00 y 22:00-00:00.
- Ceuta y Melilla: 8:00-11:00, 15:00-19:00 y 23:00-00:00.
- Todos tendremos (discriminación horaria) la posibilidad de concentrar nuestros consumos en horas baratas lo que supondrá ahorros en al factura de luz
- Si sumamos las horas valle más las llanas nos hacen un total de 16h y en punta tenemos 8h. Actualmente, con la DHA son 14h valle y 10h punta seguidas.
- Las horas puntas de la mañana estaremos (por regla general) en el trabajo y si tenemos la posibilidad de ir a comer a casa, tendremos hora llana. Nuestra preocupación se centrará en consumir lo justo cuando lleguemos del trabajo por la tarde noche.
- Finalmente si se mantendrá el ICP de los contadores de telegestión o en su defecto el uso de maxímetros cuando se requiera de suministro ininterrumpido.
- ¡Por fin 2 POTENCIAS! Los usuarios de acumuladores de calor y vehículos eléctricos no tendrán que vivir durante todo el año con potencias elevadísimas.
- Desaparece la 2.1 cuyos peajes se pagaban a más precio que en la 2.0.
Aún, es demasiado temprano para echarnos las manos a la cabeza, quiero recordaros que se trata de una propuesta o borrador que pretende acercar el coste de producción al precio de mercado atendiendo a nuevas variables que antes no se tenían en cuenta, como bien podrían ser las zonas geográficas o la época del año.
Lo que si sabemos es que, seguiremos informando sobre estas modificaciones y estaremos dispuestos a ayudaros y a ceder nuestra energía para seguir ahorrando en vuestra factura de la luz.
¡No olvides sonreír y compartir este artículo con tus amigos! ¡NO DA CORRIENTE!
¿Qué os parece los cambios para la nueva Factura de la Luz? Vuestros comentarios serán bien recibidos para seguir aprendiendo 😉
Gracias por intentar simplificar una cuestión que lejos de ser “liosa”, es de hecho liosa, sin comillas. A tenor de lo expuesto tengo varias preguntas: 1) ¿Se sabe si esta propuesta afecta solo a mercado libre o también regulado? 2) Si afecta al mercado regulado, ¿se sabe cómo influiría entonces el precio por kw/hora? En mi opinión, cuanto más compleja es la tarificación más dificil es para el consumidor comprender la factura y el consumo. Gracias por tu labora de divulgación. Un saludo desde Lleida.
Parece más lioso pero todo sera acostumbrarse. Gracias por la explicación Manuel
Excelente artículo. Faltaría saber cuánto es esa penalización por exceso de potencia demandada.
Por otra parte para las comunidades de vecinos que tenían problemas para solicitar el maxímetro en 2.0DHA ahora debería ser más sencillo.
Yo ya no se que hacer, que contratar, con quien….. Estoy perdidisimo. Este gobierno nos trata peor que a un perro abandonado. Ahora no saltan los plomos nos PENALIZAN, que RARO. CUANTO Nos van A PENALIZAR. Son unos sin vergüenzas.
Sabes como se concretarán en las facturas si tienes dos potencias contratadas?
Muchas gracias Manuel por tu dedicación para enseñarnos y ponernos al día de todo.
Un domo abrazo, te deseo un nuevo año muy feliz para tí,tu familia y todo tu equipo.
Hola todo esto afecta segun parece al mercado regulado , pero al mercado libre ?
saludos
Al mercado libre no afecta, pero subirán los fijos seguro.
Los cambios me parecen una puñetera…
Yo tengo un cabreo monumental….estos cambios contradictorios para enmarañar la capacidad nde los usuarios para que se descontrole su consumo…un plan que seguro que beneficia a las eléctricas,,las cuentas ya están hechas….que vamos a poner la lavadora entre las doce de la noche y las ocho de la mañana?y los ruidos a los vecinos o a nosotros mismos…y sumándole la última subida del decretazo. …este gobierno que le sube los impuestos a los más deviles,,,a un artículo de primera necesidad como es la luz… vergonzoso…
Otra vuelta de tuerca y siempre en contra del consumidor. Más vale que rebajen el iva y se dejen de volvernos locos. Si pretenden que así ahorremos verán como no, y pagaremos mucho más, y por lo tanto recaudarán más iva. Los despistes de horarios y puntas de potencia estarán al orden del día. No podemos estar pendientes de las tarifas a todas horas y cada uno tenemos nuestro horario para hacerlas.
A priori parece lioso, pero creo que si eres consciente de cuando enchufar a tope y cuando estar comedido, esto no sera problematico, el tema de las temporadas electricas pues al final cuando la factura te venga mas rebajada sera por consumo en temporada electrica mas economica y sino pues ya sabras que estas en temporada alta…
Una locura … un nuevo robo de las electricas costara muxo aprender a usar los periodos … un lio
Hola Manuel, gracias por el post, tengo dos preguntas:
¿No tendrá cambio horario 2 veces al año?
¿Se sabe si el precio «pico» y «valle» se corresponderá más o menos con los precios actuales? (¿será el doble..triple..?)
Yo tengo contratada la electricidad con Enerkia en el mercado libre. ¿Me tienen que avisar cuando me cambien los horarios de la discriminacion horaria?
Conclusion que hay que volver a poner icp en cabecera para que asi no mos metan prnalizacion por superar la potencia contratada
Hola Manuel!!! Vaya lío, esperaremos a que sea definitivo y a estudiar. Sobre el tema de la supresión del IPC y potencia a demanda, lo veo peligroso en instalaciones antiguas con protecciones sobredimensionadas y secciones de cable escasas, no? Como lo ves?
Domoabrazos !!
Muy bien explicado, gracias. Creo que a la gente jubilada o en paro, que se encuentra en casa y no en el trabajo entre las 9 y las 14 h, le va a salir caro cocinar, poner la lavadora y calentarse. Creo que va a ser una fortísima subida precios. Y la gente que concentre actividades en un corto período, me temo que padecerá penalizaciones.
Muy Buena información aún que sea provisional. Gracias
Hola, Manuel yo tengo contratada la Discriminación Horaria en la península y acumuladores Gabarron de 14 horas con los gráficos que pones solo serán horas valle de las 00:00 horas a las 8 de la mañana de lunes a viernes, se quedaran a media carga, NO , esta nueva forma sabes cuando sera aplicada ???
Estimo que para verano 🙂
Si ya es difícil entender la factura de la luz.. ahora imposible.
Comparar precios entre distribuidoras una odisea.
Penalizaciones?.. suficientes preocupaciones tiene la gente de a pié para saber si consume más de lo contratado.. pensad en nuestros mayores
Muy documentado todo, pero mientras no sepamos qué precios son de Valle, medio valle, Valle Alto y punta, lo único que me creo es que esto se hace para que el próximo político que caiga en una eléctrica querrá un sueldo más alto. Porque no incentivan las placas solares pagando la mitad de la instalación sin necesidad de tediosas subvenciones (cuando las hay) y complicados por no decir imposibles trámites de legalización de instalaciones fotovoltaicas o aerogeneradoras.
Que se dejen de mirar por ellos los de arriba y que miren por nosotros alguna vez.
Todo resulta muy lioso y complicado, pero me temo que nuestros grandes politicos no nos van a regalar nada, no sera que quieren apretarnos los tornillos?
Hola, Manuel gracias por tu labor divulgativa, se me ocurre una pregunta, este cambio ¿beneficia a las personas con acumuladores eléctricos?, podrías explicar como.
Lee mis conclusiones finales 🙂
Se sabe algo de los precios en cada tramo? Veo más o menos claro que sí han cambiado algo es para que todos paguemos más?
Esta informacion me ha sido muy util, la verdad es que me gustan muchos tus post porque son temas de interes y de gran utilidad para toda la comunidad, debo felicitarte, un abrazo, continua creando este tipo de contenido util con mucha informacion concisa.
Me DomoEmocionas 🙂
Muy explicado, pero bajo mi punto de vista, pagaremos mas..es una vuelta mas de tuerca para los consumidores.
Muy bien explicado, gracias. Este gobierno nos trata peor que a un perro abandonado. Sabes como se concretarán en las facturas si tienes dos potencias contratadas? porque no aparece nada que me aclare las dudas
En los hogares y pequeños negocios (menos de 15kW de potencia) no hay penalizaciones. Si se supera la potencia contrada (ahora habrá 2) se activará el corte automático de luz, teniendo que bajar el ICP quitar alguna equipo y volver a conectar.
Manuel, lo primero, muchas gracias por aclarar todos estos conceptos, un trabajazo por vuestra parte, queda todo clarísimo.
Lo segundo , sabemos algo más sobre cuando entrará en vigor? será para 2021?
Excelente artículo, pero me queda una duda. Si en el punto 2.1 se dice «Todos aquellos usuarios con potencias contratadas inferiores a 15 kW (o sea, la inmensa mayoría de los particulares en sus casas) tendrán una discriminación horaria de 3 periodos» ¿porqué luego en el punto 2.3 se describe una Discriminación Horaria de 2 períodos (donde el período punta es P1+P2 = de 8h a 24h y el periodo valle solo de 0h a 8h)? ¿a quien aplica esta Discriminación Horaria de 2 periodos?
Hola: Se refiere a 2 periodos de «potencia» distintos, es decir, en lugar de tener una única potencia como hasta ahora, por ejemplo: 3.450 kW, se podrá disponer de dos potencias, una para el periodo valle y la otra para los periodos punta y llano. Ejemplo 2.3 kW para valle y 3.45 para el resto, o mantener una sola potencia para todos los periodos.
Hola buenas tendrían el horario para menos de 15 kw en din A4 para imprimir y poner bien grande en la nevera? Gracias
Estimada CURENERGIA,
Hace pocos días recibí su factura nº 09210820010XXXXXX correspondiente al mes de Agosto por importe de 128,54 € que refleja un consuno de 646 kWh.
El importe no me ha parecido exagerado, me ha parecido desorbitado.
He comparado esta factura con la factura nº 09200817010XXXXXX de agosto del pasado año 2020 por importe de 83,85 € y que refleja un consumo de 709 kWh.
La conclusión es que he pagado un 53,3% más que hace un año, pese a haber consumido 63 kWh menos y pese a la reducción del IVA del 21% al 10%.
Esto es un abuso, se mire como se mire, es un abuso, y por favor, no se excusen con que si la UE o que si el gobierno o que si es que la abuela fuma, porque no hay ninguna excusa, ninguna.
Visto lo visto, tendré que estudiar otras opciones.
Atentamente,